Aspectos jurídicos del litigio del Sáhara Occidental
El principio de autodeterminación y las reclamaciones jurídicas de Marruecos(Página: 5/30) PARTE II:
EL DERECHO DEL PUEBLO DEL SÁHARA OCCIDENTAL A LA AUTODETERMINACIÓN SEGÚN EL DERECHO INTERNACIONALI. EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN SEGÚN EL DERECHO INTERNACIONAL: PRINCIPIOS GENERALES
El derecho de autodeterminación es el derecho de los pueblos a participar en su propio gobierno, libre de la influencia indebida de agentes externos. En ciertas circunstancias --por ejemplo, cuando un territorio está saliendo de la ocupación o de la dominación colonial o pudiera decirse que su población está sometida a niveles significativos de opresión dentro de la estructura estatal vigente--, la autodeterminación significa el derecho del pueblo “a constituir un Estado independiente y decidir por sí mismo su propio gobierno.”78 En otras circunstancias, el derecho de un Estado a la integridad territorial conforme al Derecho Internacional puede requerir que un pueblo que actualmente existe dentro de un Estado reconocido ejerza su derecho a la autodeterminación “internamente”, es decir, dentro del marco estatal existente. En las secciones siguientes se analizan en detalle el desarrollo y los límites del derecho a la autodeterminación, en general y en su aplicación a los Territorios No Autónomos.
78 A. Cobban, NATIONAL SELF-DETERMINATION, (Oxford U. Press 1945), pp. 45-46. [N. del T.: En esta Parte II del presente documento, continuación de la Parte I, se ha mantenido el orden de numeración de las notas a pie de página del texto original en inglés]: http://www2.nycbar.org/pdf/report/uploads/20072264-WesternSaharaDispute--SelfDeterminationMoroccosLegalClaims.pdf - http://www.arso.org/AspectosjuridicosSAHOCC_v_l.pdf
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